Equipo de Profesionales

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jueves, 14 de junio de 2012

CUSTODIA COMPARTIDA...A DEBATE 

 


El Gobierno se ha comprometido hoy a impulsar una "ley única y nacional" que modifique el Código Civil para facilitar la custodia compartida de los hijos y las hijas en caso de separación o divorcio.

Actualmente los jueces y juezas sólo conceden este régimen si hay acuerdo entre padre y madre. También, pero sólo "excepcionalmente", si lo reclama una de las dos partes sin acuerdo, para lo que se necesita un informe favorable de fiscalía y que los jueces y juezas consideren que la custodia compartida beneficia a los/as menores.

Según ha explicado el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, en el Congreso, se trata de eliminar ese carácter excepcional: solo el 10% de los divorcios se salda con la custodia compartida.
Con la nueva regulación, el informe de fiscalía pasará a ser preceptivo, pero no vinculante. Además, el juez o jueza podrá establecer la custodia compartida aún cuando ninguna de las 2 partes la solicite, ha precisado una portavoz de Justicia. Eso sí, "siempre que se considere beneficioso para el niño/a".

El anuncio de Ruiz-Gallardón llega tras la interpelación de Rosa Díez, del grupo UPyD, que había reclamado en el Congreso de los Diputados una ley de custodia compartida como "opción preferente". Un modelo similar para toda España de las regulaciones que ya existen en Aragón, Cataluña o Valencia, que contemplan este régimen de manera preferente.

El ministro de Justicia, sin embargo, no ha llegado a tanto y ha abogado porque ninguna de las opciones ni la custodia individual para una de las partes ni la compartida sea preeminente.
Lo que se busca, ha dicho, es un sistema sin rigideces, como las que provoca la actual regulación del Código Civil, en el que los jueces y las juezas determinen qué opción es la que más favorece al interés del/la menor.
Así, magistratura deberá decidir si procede una custodia alternada entre progenitores o una monoparental o monomarental, así como el periodo que deben permanecer cada parte con el menor y la menor, "siempre según lo que aconseje el interés del niño/a".

Para ello, Justicia ha encargado a la Comisión de Codificación el organismo que le asesora en la preparación de las tareas prelegislativas una modificación del artículo 92 del Código Civil en los apartados que regula la custodia.
Modificación que debe estar lista en 6 meses y que presentará en el Congreso para tratar de consensuarla con los grupos políticos
.

Solución equilibrada
Ruiz-Gallardón ha abierto el melón de un tema polémico, que causa división entre las asociaciones, los expertos y en el seno de los grandes partidos, que tienen dificultad para encontrar una postura consensuada.

José Luiz González Armengol, de la asociación Francisco de Vitoria, considera correcto que sea el juez o jueza tenga la discrecionalidad de decidir, según las condiciones particulares de cada caso.
Una opinión que comparte Xoaquin Bosch, portavoz de Jueces y Juezas para la Democracia. Lo que se propone es que ambos tipos de custodia se equiparen en nivel de igualdad, frente al sistema actual que la limita a la excepcionalidad.
Que la regulación no imponga unilateralmente ninguno de los 2 regímenes es positivo, dice Bosch, que aprueba que el informe del fiscal deje de ser vinculante.

Consuelo Abril, una de las fundadoras de la Asociación Española de Abogados y Abogadas de Familia, cree que la nueva regulación abre la puerta a que se concedan más regímenes de custodia compartida.
Elimina ciertas dificultades, como que el juez o jueza debe buscar la excepcionalidad si no hay acuerdo", explica.
Algo que obligaba a justificar claramente en las sentencias por qué había optado por este modo de custodia.
Para Abril es fundamental que los jueces y juezas decidan con toda la información disponible incluida la constatación de que la pareja disfruta de condiciones de igualdad real lo mejor para cada caso.
Cree que la custodia compartida puede ser una buena opción si existe una igualdad real en el matrimonio. "Si no, si la mujer (que habitualmente es la parte más débil) se ha dedicado a los hijos o a la familia se pueden producir situaciones de desigualdad. Puede darse el caso en el que la otra parte solicite la guardia y custodia no por el interés del/la menor, sino para no tener que pasar, por ejemplo, pensión de alimentos", explica.

Ángela Cerrillos, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, considera que la propuesta de Ruiz-Gallardón no es equilibrada, sino que se inclina más bien hacia la custodia compartida como sistema preferente. Un sistema, además, del que no son partidarias. La custodia, en interés del menor, debe otorgarse al que ha sido el cuidador principal durante el matrimonio, afirma.

Themis, que ha solicitado una comparecencia del ministro de Justicia en el Congreso para explicar la reforma, cree además que otorgarle la libertad al juez para que decida si opta por la custodia compartida aunque ninguno de los progenitores la haya solicitado es nocivo para los/as menores.
¿Cómo se puede dar la opción de que esto sea lo mejor para el niño/a si el padre y madre no lo han pedido? Esto desprotege a los niños/a, afirma.Las asociaciones que abogan por la custodia compartida consideran el anuncio de Ruiz-Gallardón como un primer paso.

Nos quedamos a mitad de camino, opina Santiago Álvarez, presidente de Custodia Compartida por Nuestros Hijos, que cree que la ley también debería introducir la mediación obligatoria previa al proceso judicial en los casos de divorcio con hijos/as. Así se solucionarían el 80% de los casos, dice.

Ruiz-Gallardón, que durante estas semanas se ha reunido con las asociaciones, no ha comentado nada de la mediación previa.
Sí ha definido sin embargo como "obsoleta" la actual regulación de custodia que recoge el Código Civil. Sobre todo, ha dicho, teniendo en cuenta cómo ha cambiado la estructura de las familias españolas.

Preferente en algunas regiones
Mientras, Rosa Díez ha insistido en que la custodia compartida debe ser preferente porque es:1.- el modelo que mejor defiende el interés de los y las menores,
2.- el que promueve la igualdad entre progenitores y
3.- el que rompería con la "tendencia discriminatoria de asignar a las madres una custodia con la que se pretende, falsamente, compensar situaciones de desigualdad secular de la mujer".

En mayo de 2010, las Cortes de Aragón aprobaron una ley que considera la custodia compartida como el régimen preferente que han de aprobar los jueces y juezas, "en interés de los hijos/as menores, salvo que la custodia individual sea más conveniente".
En julio de ese año, el Parlamento de Cataluña daba luz verde a una norma que establece que la custodia compartida será otorgada de forma preferente y si no hay un acuerdo entre progenitores será el juez o la jueza quienes decidan cuál de las dos partes asume la "guarda" de los hijos/as menores.

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